martes, 20 de febrero de 2018

Las 30.006 mentiras del régimen Kirchner

viernes, 27 de agosto de 2010


Las 30.006 mentiras del régimen Kirchner


Jorge Fernández Zicavo

El discurso de las izquierdas argentinas desde la derrota de sus organizaciones terroristas en la década del setenta, y en particular durante el régimen izquierdista del matrimonio Kirchner, se funda sobre una negación histórica: que entre 1969 y 1979 haya existido un conflicto armado interno o guerra revolucionaria, entre organizaciones armadas marxistas que perseguían el proyecto estratégico de tomar el poder y proclamar una República Socialista con dictadura de partido único, y las Fuerzas Armadas, de seguridad y policiales del Estado.

Lógicamente, esta negación no se debe a que los antiguos terroristas, o el matrimonio hoy gobernante y ayer militante de la Juventud Universitaria Peronista (Montoneros), o las actuales izquierdas juveniles que reivindican la lucha armada de aquellos años hayan sufrido un ataque de amnesia, sino que responde funcionalmente a variados intereses y objetivos políticos, de los cuales destacaría tres:



1- Reciclaje de imagen de los antiguos terroristas para recomponerse socialmente como demócratas y ganar espacio político.
2- Blindarse legalmente respecto a los crímenes de lesa humanidad que cometieron contra la población civil y el Estado durante su guerra revolucionaria.
3- Asegurarse materialmente su reinserción en la sociedad de postguerra mediante cargos oficiales y subvenciones para sus tinglados: redes sociales y organizaciones de Derechos Humanos.
Para ello, en 1984 iniciaron una campaña de falsificación de la historia de los setenta que a partir del gobierno de Néstor Kirchner dispuso de la poderosa red mediática y educativa del Estado. Ante la inexistencia de una contrainformación alternativa, los mensajes terminaron siendo aceptados como verdaderos por millones de niños, adolescentes, y jóvenes veinteañeros con escasa o ninguna capacidad crítica. De los conceptos que ya han conseguido arraigar en dos generaciones mediante conocidas técnicas publicitarias de programación mental (un auténtico formateo del disco duro de la historia argentina y de la memoria colectiva), estos serían los más importantes:
1-
Terrorismo de Estado
No es una figura jurídica, sino una metáfora de propaganda política inventada por la izquierda argentina, y que viene siendo repetida obsesivamente desde 1984 por una comparsa integrada entre otros, por las bandas piqueteras, Madres-Bonafini, Hijos-Botto, Abuelas-Carlotto, el Partido Comunista-c.e., el CELS fundado por el ex terrorista montonero Horacio Verbitsky, el eterno asesor jurídico de Montoneros Esteban Righi, el ex abogado defensor de los terroristas fugados del penal de Rawson, Eduardo Luis Duhalde, el ex terrorista montonero Juan Gelman, el "comprensivo" con el terrorismo internacional Adolfo Pérez Esquivel y, últimamente, hasta por el astuto Daniel Barenboim que aspira al Nobel de la Paz.
Toda una "fuerza propia" del gramsciano matrimonio presidencial que no gobierna en representación de un gran partido político, sino por un rocambolsesco Frente para la Victoria articulado por pequeños pero hiperactivos aparatos de extrema izquierda que saben cómo arrastrar al electorado lumpen y analfabeto de las villas miserias, a los obreros de barrios arrasados por la droga y el paro, y a los peones rurales de las zonas más pobres y atrasadas del interior.
Ni el IV Convenio de Ginebra de 1949 relativo a la "protección debida a las personas civiles en tiempos de guerra", ni el Estatuto de Roma de 1998 que fundó la Corte Penal Internacional destinada a juzgar crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad (definidos como de Lesa Humanidad), mencionan un supuesto delito llamado Terrorismo de Estado.
"Una categoría política que crea un terrorismo mayor que oculta y opaca las acciones del propio terrorismo", según definió con impecable lógica y fundamento histórico la abogada Victoria Villarruel, presidenta de la ONG de ayuda a las víctimas del terrorismo argentino, CELTYV.
Los dos párrafos anteriores, se refieren a la dimensión jurídica (juicios a los "represores") que finalmente alcanzó en Argentina este slogan político por decisión del presidente Néstor Kirchner, asesorado por el ex ministro del Interior Esteban Righi que en la noche del 25 de mayo de 1973 redactó los decretos que disolvieron la Cámara Federal Penal y sacaron de las cárceles a centenares de terroristas procesados por delitos de sangre y condenados con todas las garantías. Guerrilleros de la libertad, jóvenes idealistas y luchadores populares que después de dos semanas de festejos ya estaban asesinando a sindicalistas peronistas ortodoxos, y desbordaron por la izquierda a Cámpora con su desacato y provocación a Perón del 20 de junio en Ezeiza. También con la complicidad de Righi, que paralizó a la Policía Federal.
Respecto a la dimensión histórica, se constata la misma voluntad de manipular los hechos acreditados hasta la saciedad, de borrar nada menos que once años de terrorismo marxista para eliminar el contexto histórico, el proceso o secuencia temporal, y la dinámica determinista de causas y efectos, o de acción-reacción, que en 1975 obligaron al gobierno constitucional presidido por María Estela Martínez de Perón a decretar que las Fuerzas Armadas procedieran a aniquilar la subversión.
Por consiguiente, las Fuerzas Armadas que gobernaron de facto a partir del golpe cívico-militar del 24 de marzo de 1976, no practicaron Terrorismo de Estado contra opositores políticos, o "ciudadanos inermes" como sostuvo el ex terrorista montonero Juan Gelman ante los reyes de España al recibir el Premio Cervantes, sino precisamente todo lo contrario: Contraterrorismo de Estado contra la subversión marxista armada. Operaciones militares y de seguridad que continuaron las iniciadas en febrero y octubre de 1975 en cumplimiento de los citados decretos del Poder Ejecutivo, que fueron ratificados por todos los partidos en el Congreso y apoyados por las más importantes instituciones civiles del país, entre ellas la poderosa y peronista Confederación General del Trabajo.
En la Argentina de aquellos años no hubo más que un terrorismo: el practicado por las organizaciones marxistas ERP, Montoneros, FAR, FAL, FAP y otras menores. Fuerzas mercenarias de una ofensiva generalizada de lucha revolucionaria armada a nivel continental, acordada por las izquierdas latinoamericanas en la Conferencia de la OLAS celebrada en La Habana en agosto de 1967 y materializada orgánicamente con la posterior creación de la JCR: Junta de Coordinación Revolucionaria. Por consiguiente, aquel único terrorismo produjo una única clase de víctimas: los 762 civiles, policías y militares asesinados por estas bandas criminales.
2-
No hubo una guerra revolucionaria como sostiene la ultraderecha y los militares genocidas. Los secuestrados-desaparecidos no eran terroristas sino civiles inocentes y desarmados, ciudadanos asesinados por sus ideas democráticas y por oponerse a la dictadura
En primer lugar, nunca hubo secuestros de civiles, sino capturas de terroristas por parte de las fuerzas del Estado durante las operaciones de guerra.
Una persona integrada orgánicamente en las bandas terroristas, sea como combatiente o en sus aparatos de superficie (JP, sindicatos, UES, etc.) no es un "civil", sino un terrorista. Un soldado de fuerzas armadas irregulares en guerra contra las Fuerzas Armadas de la Nación.
Por otra parte, produce estupor la cínica hipótesis de que las izquierdas marxistas argentinas, abocadas como las de todo el mundo a destruir las democracias capitalistas y burguesas para reemplazarlas por la dictadura del proletariado, luchaban contra la dictadura militar para que volvieran al poder los "gobiernos populares, democráticos y constitucionales" iniciados el 25 de mayo de 1973. Tres gobiernos (Cámpora, Perón, "Isabel" Perón) votados por aplastantes mayorías de argentinos, contra los que las sectas marxistas sin apoyo popular alguno desataron mayores oleadas terroristas que durante la etapa 1969-1972, fundaron unidades de combate paramilitares que declararon zona liberada la provincia de Tucumán, atacaron siete cuarteles y guarniciones del Ejército (el primero, tres meses después del 25 de mayo del 73), dinamitaron una fragata de la Armada y un avión de la Fuerza Aérea que transportaba gendarmes.
Lógicamente, las izquierdas omiten mencionar que aquellos "gobiernos populares" se vieron obligados a poner fuera de la ley (por el delito de Sedición) al ERP y Montoneros. Llamar a aniquilar y exterminar uno a uno a los terroristas psicópatas asesinos (Perón: 20 y 22 de enero 1974). Crear la Triple A. Repudiar a los montoneros como infitrados en el movimiento peronista (Perón: 21.6.73 y 1.5.74). Decretar el estado de sitio, y finalmente la aniquilación militar de la subversión armada. Todo ello, repitámoslo, con el apoyo de la sociedad argentina, que a finales del brutal año 1975 ya calificaba la situación como de guerra civil, y pedía a través de todos los partidos políticos (incluido el Partido Comunista, que luego propuso al presidente Videla formar un gobierno de Concentración Nacional cívico-militar), y de la CGT, que las Fuerzas Armadas se hicieran con el poder y acabaran con siete años de sangrienta locura mesiánica.
Por si quedaran dudas al respecto, bastaría leer el siguiente texto:
Causa 13/84 - Juicio a las Juntas Militares
S E X T O

Examen de las causas de justificación alegadas
1) Examinada la significación jurídica de las conductas por las que el Fiscal acusó (tipicidad), corresponde determinar si ellas constituyen injusto penal o si, por el contrario, los enjuiciados pueden ampararse en alguna causa de justificación que reste antijuricidad a su quehacer.
Toda consideración sobre este punto debe partir del reconocimiento de la situación política e institucional en que se insertó la acción de los procesados tendiente a reprimir el terrorismo subversivo en el país.
a.1) La situación preexistente al 24 de marzo de 1976.
En consideración a los múltiples antecedentes acopiados en este proceso, especialmente documentación secuestrada, y a las características que asumió el fenómeno terrorista en la República Argentina, cabe concluir que dentro de los criterios clasificatorios que se vienen de expresar, éste se correspondió con el concepto de guerra revolucionaria.
En cuanto al grado de desarrollo por ella alcanzado, el informe del Estado Mayor General del Ejército concluye en que llegó a la creación de zonas dominadas.
Ya ha quedado suficientemente demostrado, al punto de caracterizarlo como un hecho notorio, que ese fenómeno delictivo asoló al país desde la década de los sesenta, y generó un temor cada vez más creciente en la población, a la par que una grave preocupación en las autoridades.
También está fuera de toda discusión que a partir de los años setenta, el terrorismo se agudizó en forma gravísima, lo que se manifestó a través de los métodos empleados por los insurgentes, por su cantidad, por su capacidad ofensiva, por su poder de fuego, por los recursos económicos que contaban provenientes de la comisión de robos, secuestros extorsivos y variada gama de delitos económicos, por su infraestructura operativa y de comunicaciones, la organización celular que adoptaron como modo de lograr la impunidad, por el uso de la sorpresa en los atentados irracionalmente indiscriminados, la capacidad para interceptar medios masivos de comunicación, tomar dependencias policiales y asaltar unidades militares.
En suma, se tiene por acreditado que la subversión terrorista puso una condición sin la cual los hechos que hoy son objeto de juzgamiento, posiblemente no se hubieran producido.
Además, el Tribunal también admite que esos episodios constituyeron una agresión contra la sociedad argentina y el Estado, emprendida sin derecho, y que éste debía reaccionar para evitar que su crecimiento pusiera en peligro la estabilidad de las instituciones asentadas en una filosofía cuya síntesis, imposible de mejorar, se halla expuesta en la Constitución Nacional.
Sentencia dictada el 9 de diciembre de 1985 por la excelentísima Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal
En el ensayo Guerra Revolucionaria Argentina 1969-1979 publicado en este Blog, se reconstruyen las principales acciones de guerra llevadas a cabo por las organizaciones subversivas contra las Fuerzas Armadas de la Nación.
3-
Civiles torturados
Sin duda, la tortura repele a la sensibilidad y a la conciencia del hombre civilizado, pero resulta de una supina hipocresía pretender, treinta años después, y desde la descafeinada corrección política y moralizante que a nada compromete, que los interrogadores de los terroristas capturados se limitaran a invitar con buenas maneras al prisionero a colaborar facilitando una información cuya obtención en minutos era esencial; tanto para efectuar nuevas capturas, como para localizar arsenales de armas y explosivos que horas después o al día siguiente podrían causar más muertes de civiles, policías y militares.
Según esta lógica de los progres y derecho humanistas que simpatizan con todos los terrorismos de izquierda e islámicos, si el terrorista se negaba a confesar por "razones de su conciencia" (omitiendo que también el funcionario militar o policial, además de las órdenes tenía sus razones de conciencia: la defensa de la población civil, y de la soberanía nacional atacada por el estado mayor de la revolución latinoamericana con sede en La Habana), el Estado argentino, en guerra contra el terrorismo nacional e internacional… debería resignarse.
La tortura de terroristas prisioneros fue tan brutal e inevitable como la guerra sucia por ellos desatada contra la sociedad argentina, en la que también secuestraron y torturaron hasta la muerte (caso Larrabure) en sus infernales cárceles del pueblo.
Rodolfo Galimberti, capitán del Ejército Montonero, y autor de inmumerables asesinatos y secuestros, comentó al respecto: “La tortura es una anécdota. Cualquiera es capaz de torturar en una situación extrema. Si ellos (las FF.AA.) hubieran peleado con el Código Penal bajo el brazo, perdían la guerra.”
En consecuencia, es preciso reiterarlo, no se torturó a civiles, sino a terroristas encuadrados en organizaciones subversivas estructuradas como fuerzas paramilitares que habían declarado la guerra revolucionaria al Estado y al pueblo argentino. Singulares civiles o militantes políticos, sindicales, estudiantiles, y alfabetizadores en villas miserias aquellos, integrados en organizaciones llamadas Ejército Montonero, Ejército Revolucionario del Pueblo, Fuerzas Armadas Revolucionarias, Fuerzas Armadas Peronistas y Fuerzas Argentinas de Liberación.
4-
Civiles desaparecidos
Por todo lo anterior, no procede hablar de civiles secuestrados y desaparecidos, sino de terroristas capturados y ejecutados. A continuación se hicieron desaparecer sus cadáveres; pero no resulta creíble, y desde luego nadie ha podido demostrar lo contrario, la afirmación de que los terroristas prisioneros fueron arrojados vivos al Atlántico desde los "vuelos de la muerte". El único testimonio directo (Scilingo) sostiene que ya estaban muertos por la segunda y mayor dosis de Pentotal que se les inyectaba durante el vuelo. Que estas declaraciones hayan sido formuladas por alguien ya "jugado", que no esperaba clemencia ni negaba su participación en los vuelos, les confiere una alta probabilidad de ser ciertas. Y en cualquier caso, es el único testimonio judicial disponible.
Por otra parte, se omite, interesadamente, mencionar los centenares de personas que fueron liberadas al no poder comprobarse de manera fehaciente su vinculación orgánica con el accionar terrorista; y a los que fueron encarcelados legalmente (con asistencia letrada, visitas de familiares, etc.) en cárceles ordinarias y bajo la tutela del Poder Ejecutivo, o autorizados a abandonar el país: esos que luego se autodefinían en Europa como exiliados políticos. Por último, los cerca de 300 que fueron doblados por los interrogadores; es decir, que delataron identidades y estructuras logísticas y a continuación se transformaron en soplones de la Inteligencia militar infiltrados entre los terroristas fugados del país y radicados en Lima, Caracas, México, Madrid, Barcelona, Roma y Estocolmo. Los prisioneros montoneros de la ESMA conocidos como el grupo Staff fueron el caso más notable de colaboracionismo.
También se silencian realidades escabrosas para las izquierdas, como los niditos de amor de la ESMA: habitaciones donde convivían ciertas prisioneras hoy periodistas y catedráticas famosas, con sus interrogadores y amantes; relaciones que en dos casos terminaron regularizándose en matrimonio. Finalmente, tampoco mencionan las izquierdas la existencia del llamado Mini Staff de la ESMA, integrado por doblados que fueron aún más lejos en su colaboración con los marinos, hasta el punto de que interrogaban y torturaban a los prisioneros. En 1977 la existencia de ese singular grupo fue regularizada orgánicamente, dándoles de alta en la Armada como suboficiales del Servicio de Información Naval.
5-
30.000 desaparecidos
Otra mentira, funcional a su compañera: una dictadura genocida. Hace ya muchos años que resulta insostenible continuar con la farsa de una masacre de 30.000 "opositores políticos".
Como es sabido, la primera cifra de desaparecidos (8.961) fue proporcionada por el informe de la Conadep. Posteriormente, la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia revisó esa lista y estableció como denuncias sólidamente fundamentadas para poder recibir la indemnización de 224.000 Dólares por cada detenido-desaparecido, en 5.998 casos. Y para ello mantuvo abierta la recepción de solicitudes durante cinco largos años; los tres previstos, más una generosa prórroga de otros dos porque las cuentas no les salían. Y fijó el arranque, no en marzo de 1976 sino en… 1955, para ampliar el abanico de casos. Finalmente, la farsa volvió a quedar en evidencia con el muro levantado en el Parque de la Memoria, donde colocaron 30.000 ladrillos sin haber podido inscribir hasta la fecha más de 5.000 nombres.
Estamos, en definitiva, ante otra estafa de la propaganda izquierdista liderada fundamentalmente por la madre de dos terroristas, filo etarra y filo yihadista, millonaria y estafadora especializada en librar cheques sin fondos, Hebe Pastor de Bonafini, a quien los Kirchner le han concedido un despacho en la mismísima Casa de Gobierno. El otro lo tiene en su Asociación, donde se ocupa de sus turbias inversiones inmobiliarias, su librería, su editorial, su emisora de radio, su canal de televisión, y hasta de su hotel Yira-Yira.
Por si algún lector lo ignora, esta señora es un símbolo y referente moral de las izquierdas argentinas, su "madre coraje".
También merece destacarse la corrupción vinculada a los listados. Es sabido que algunas personas figuraron durante años como desaparecidos sin molestarse en pedir que les dieran de baja. Casos sonados fueron los del Procurador General de la Nación, Esteban Righi, la juez de la Corte Suprema, Argibay Molina, y el juez Alfredo Humberto Meade.
Para colmo, el artículo 5º de la ley 24.411 que establece el pago de indemnizaciones, redactada por el ex terrorista montonero Ernesto Jauretche (ingresó en la orga en enero del 73: Marcelo Larraquy, Galimberti, edit. Aguilar, p. 178), dice algo tan increíble y descarado como que, si alguien figura en los listados por error, "deberá comunicar esta circunstancia al juez competente pero no habrá obligación de reintegrar el beneficio si ya hubiera sido obtenido". Si a estos casos escandalosos añadimos los de terroristas muertos tras ser retirados heridos de un enfrentamiento por sus compañeros y enterrados clandestinamente por éstos para no ser identificados, y los 400 terroristas del ERP muertos en Tucumán y enterrados por los suyos en el monte, más los que fueron fusilados y enterrados por los tribunales disciplinarios de sus organizaciones por delatores, disidentes o desertores, llegamos a la conclusión de que ni siquiera resulta fiable la ya de por sí sospechosa lista de 5.998 casos.
Resumiendo, sobre la cuestión de las cifras de desaparecidos gravitan siniestros intereses de algunos muertos que gozan de buena salud, de familias que pretendieron estafar al Estado presentando falsas denuncias de desaparición forzada, y de manipulación de los padrones electorales. Un asunto repugnante como pocos, que evidencia la profunda inmoralidad de las izquierdas argentinas. Hasta un personaje emblemático y nada sospechoso, como la Sra. Graciela Fernández Meijide, madre de un terrorista ejecutado por el Estado y Secretaria de la CONADEP, ha calificado la cifra de 30.000 desaparecidos como "farsa y mito".
6-
Crímenes de Lesa Humanidad
La Resolución 158/07 firmada por el Procurador General de la Nación, Esteban Righi, para tipificar como Crímenes de Lesa Humanidad (delito inexistente en el Código Penal y en la Constitución argentina), sólo los imputados a las fuerzas militares y policiales del Estado, pero no a los cometidos por terroristas, se basa en una interpretación prevaricadora del ya mencionado Estatuto de Roma. No es este lugar para analizar en profundidad el Estatuto fundador de la Corte Penal Internacional, pero basta señalar que en su artículo 7º Párrafo 1 define como crímenes de lesa humanidad los de asesinato, exterminio, deportación, esclavitud, tortura, persecusión de grupos políticos o religiosos, desaparición forzada de personas y apartheid, cometidos como parte de un ataque sistemático y generalizado contra una población civil.
Y en el Párrafo 2, aclara:
"por ataque contra una población civil se entenderá una línea de conducta que implique la comisión múltiple de actos mencionados en el párrafo 1 contra una población civil, de conformidad con la política de un Estado… o de una organización, de cometer esos actos o para promover esa política".
Por si no quedara suficientemente claro, veamos como aborda la cuestión, nada menos que el Fiscal Jefe de la Corte Penal Internacional creada por el Estatuto de Roma: el argentino Luis Moreno Ocampo:
"Un crimen de lesa humanidad es un ataque sistemático y organizado contra la población civil. Si pudiera probarse que grupos guerrilleros realizan esos crímenes, podría afirmarse que cometen crímenes de lesa humanidad. En el Estatuto de Roma no hay nada que exija que sólo el Estado puede cometer tales crímenes. En cualquier país, si se probara que una guerrilla produjo ataques masivos y sistemáticos contra la población civil, estamos ante crímenes de lesa humanidad".
De su entrevista publicada por el diario Perfil
Pero el Procurador Righi y sus fiscales asesores se burlaron del Estatuto de Roma y de la Corte Penal Internacional haciendo un refrito de intenciones y peregrinas jurisprudencias no vinculantes para añadir al "de una organización", del citado Párrafo 2... el concepto de "que actúe de conformidad con una política de Estado". Esta "doctrina", paralela a la de Roma, fue elaborada para impedir que el secuestro, tortura y asesinato del coronel Del Valle Larrabure por parte del ERP, fueran calificados por un juez de Rosario como crímenes de lesa humanidad. El lector podrá comprobar los malabarismos efectuados para argumentar la famosa Resolución 158/07
Asimismo, en lo referente al apartado crímenes de guerra, el Estatuto de Roma declara que se atiene a los catalogados por el IV Convenio de Ginebra.
De la lectura de los actos delictivos contra personas o bienes protegidos por las disposiciones del mencionado IV Convenio, es fácil comprobar que varios de ellos fueron perpetrados por las organizaciones terroristas marxistas argentinas en un escenario de conflicto armado:
Asesinatos: centenares.
Secuestros: centenares.
Tortura de prisioneros: varios (como mínimo, al mayor Del Valle Larrabure)
Uso de uniformes del enemigo: en 9 ataques del ERP y Montoneros a cuarteles del Ejército Argentino.
Matar o herir a traición a personas pertenecientes a la nación o al ejército enemigo: centenares: en los citados ataques a unidades militares, en desarmes de policías, etc.
Toma de rehenes: Rawson, Formosa, mayor Larrabure y teniente coronel Ibarzabal, etc.
Declarar que no se dará cuartel: varios comunicados del ERP y Montoneros.
Las condenas dictadas y las ejecuciones efectuadas sin sentencia previa pronunciada por un tribunal constituido regularmente y que haya ofrecido todas las garantías judiciales generalmente reconocidas como indispensables: penas de muerte ejecutadas por el ERP y Montoneros contra traidores y desertores. Y no digamos, contra el teniente general Pedro Eugenio Aramburu.
Dirigir intencionalmente ataques contra la población civil como tal o contra civiles que no participen directamente en las hostilidades: voladura de la casa del Sr. Klein con sus cuatro hijos (con edades de meses a 12 años) dentro; ametrallamiento a quemarropa de las hermanitas Viola y del niño Juan Barrios. Más cientos de civiles empresarios, ejecutivos, políticos, sindicalistas, jueces, abogados, periodistas, estudiantes, obreros, funcionarios públicos, etc.
Finalmente, el IV Convenio de Ginebra que el Estatuto de Roma tiene como fuente y referencia, aclara de manera inequívoca que el concepto crímenes de guerra aplicado a su extensa lista de crímenes…
"se aplica a los conflictos armados que tienen lugar en el territorio de un Estado cuando existe un conflicto armado prolongado entre las autoridades gubernamentales y grupos armados organizados, o entre tales grupos".
En síntesis: si se aplicara literalmente la IV Convención de Ginebra (el derecho internacional humanitario, o derecho de la guerra), los terroristas, los militares y los policías a los que se imputaran los delitos arriba citados, deberían ser juzgados como fuerzas armadas (regulares e irregulares) enfrentadas en un conflicto armado o guerra interior.
Si, por el contrario, se aplica como ocurre en la Argentina de Kirchner-Righi, el Estatuto de Roma (el derecho de los derechos humanos, o derecho de la paz: que no contempla conflictos armados internos o guerra interior); es decir, si se juzga una situación de guerra desde este derecho diseñado para una situación de paz, se consideran delitos de lesa humanidad (no prescriptibles) todas las actuaciones llevadas a cabo durante la guerra revolucionaria argentina (que la doctrina Kirchner-Righi niega como hecho histórico) por las Fuerzas Armadas, de seguridad y policiales.
Al calor de esta doctrina, los Grupos de Tareas pasan a ser banda armada; la entrada en el domicilio del terrorista, allanamiento de morada; la confiscación de armas, municiones y explosivos, robo con intimidación y fuerza; su captura, secuestro; su interrogatorio, tortura; y su ejecución, asesinato. Y, lógicamente, en tanto que según esta doctrina los delitos cometidos por los terroristas fueron delitos comunes y no crímenes de lesa humanidad, los mismos, en el momento de cursarse la orden a los fiscales, ya habrían prescripto.
Pero sucede que, aunque no se manipulara la interpretación del Estatuto de Roma, incluso así, aplicándolo literalmente, también deberían tipificarse como crímenes de lesa humanidad los cometidos por las organizaciones revolucionarias armadas y/o terroristas, pues el Estatuto no dice que sólo los Estados pueden ser acusados por crímenes de lesa humanidad.
Sencillamente, no dice nada al respecto, demostrando que sus redactores tenían serias dudas a la hora de precisar con exactitud el concepto de Lesa Humanidad. Demás está decir, que el vacío doctrinal y normativo hace posible procesar a los terroristas por esta categoría de crímenes, pues está probado hasta la saciedad que las organizaciones terroristas cometieron los mismos crímenes de lesa humanidad por los que se procesa y condena a las fuerzas contraterroristas del Estado: secuestros, torturas, y asesinatos. Y de manera sistemática y continuada (entre 1969 y 1979), como precisa el Estatuto. Más aún, en el apartado 2-i del artículo 7º dedicado a los crímenes de lesa humanidad, se dice literalmente:
"Por desaparición forzada de personas se entenderá la aprehensión, la detención o el secuestro de personas por un Estado… o una organización política".
Ante la literalidad de este párrafo, produce estupor saber que la Corte Suprema de un país que se ha adherido al Estatuto de Roma haya decidido ignorarlo.
En síntesis: lo racional, si existiera la voluntad política de clausurar judicialmente y con imparcialidad la década del ´70, sería admitir la evidencia histórica del conflicto armado interno o guerra civil, y a continuación juzgar las actuaciones de las dos fuerzas beligerantes aplicando el Derecho de la Guerra-derecho internacional humanitario (Ginebra), aunque también podría aplicarse el Derecho de la Paz-derechos humanos-lesa humanidad (Roma) por las razones que hemos expuesto.
Los actuales juicios a militares y policías que derrotaron la agresión terrorista nacional e internacional cumpliendo órdenes impartidas desde la máxima autoridad del Estado, mientras los terroristas aún vivos que agredieron al Estado y al pueblo argentino tienen garantizada la impunidad penal; y sus 6.000 muertos han sido premiados con un total de 1.500.000.000 de Dólares (Mil Quinientos Millones), no son actos de justicia sino de venganza política de los vencidos; posible por la complicidad de los jueces que avalan la lectura prevaricadora que el Poder Ejecutivo ha hecho del Estatuto de Roma borrando de un plumazo once años de guerra revolucionaria marxista, y adjudicando al Estatuto (esa es la prevaricación), lo que éste no dice: que sólo pueden atribuirse crímenes de lesa humanidad a las fuerzas del Estado.
De lo que se desprende que las leyes, el derecho procesal y penal, y lo que en un sentido amplio llamamos Justicia, no son sino instrumentos de dominación política en manos del Poder Ejecutivo, ya que bastaría un cambio de gobierno para anular la orden del Procurador General a los fiscales y procesar a famosos terroristas responsables de más de 700 asesinatos y homicidios, como Firmenich, Vaca Narvaja o Perdía.
Pero no nos hagamos ilusiones. Ningún partido político incluye tal medida en sus programas electorales, ni la de procesar por prevaricación a Righi y a los jueces que hacen posible los juicios revolucionarios montoneros. Esos espectáculos bochornosos con provocadores del fascismo piquetero en la sala, que según el régimen Kirchner buscan "restituir la justicia, la verdad y la memoria, en defensa de los derechos humanos, la democracia y el orden republicano".
(Nuevo Prólogo Nunca Más, 2006)
Precisamente, las seis grandes mentiras que aquí hemos intentado desenmascarar. Injusticia, Mentira y Desmemoria de las izquierdas terroristas que violaron los Derechos Humanos de sus víctimas y se alzaron en armas contra los gobiernos peronistas Democráticos y Republicanos de Cámpora, Perón e "Isabel" Perón. Como años antes lo hicieron contra los gobiernos radicales de Frondizi e Illia (Uturuncos y EGP).
¿Derechos humanos? Sólo para las víctimas del terrorismo; jamás para quienes no respetaron su derecho a la vida y a la libertad. El único Derecho en relación con el terrorismo, es el que tiene un pueblo y su Estado a aniquilarlo.
La farsa vengadora de estos juicios está a la vista de cualquier ciudadano, pero es interesante comprobar la lógica política con que expone la cuestión Eduardo Luis Duhalde, el ex abogado defensor de terroristas que los Kirchner han nombrado nada menos que Secretario de Derechos Humanos de la Nación en el Ministerio de Justicia.
Cuando La Nación le preguntó sobre el polémico cambio del Prólogo del Nunca Más, defendió el derecho del gobierno a incluir en el nuevo prólogo "los lineamientos de la política pública fijada por el Presidente de la Nación en este tema".
Añadiendo que no era un asunto a debatir, sino una prerrogativa del Poder Ejecutivo, decidir a quienes debe perseguir la Justicia:
"El prólogo original no reproducía la filosofía política que hoy anima al Estado en la persecución de los crímenes de lesa humanidad".
Al fin y al cabo, la justicia, o más exactamente, las doctrinas jurídicas y sus leyes resultantes, son una entelequia, pura arbitrariedad funcional al poder, puesto que no las sancionan los juristas sino el partido político gobernante desde su prisma ideológico y por medio de su mayoría parlamentaria o el decreto-ley. Los juristas se limitan a ser asesores técnicos; desde enfoques personales también ideológicos y políticos, claro está.
Tiene razón la izquierda marxista-gramsciana al sostener que Montesquieu y sus famosos tres poderes independientes han muerto.
Sólo existe -existió siempre- un Poder: el Ejecutivo, con su ilimitada capacidad para someter a todas las instituciones y corromper conciencias. Eso y no otra cosa es el Estado y el Poder. La democracia republicana garantizada por el equilibrio y control mutuo entre los tres poderes siempre fue una bella quimera de la Ilustración.
A pesar de las falsedades y manipulaciones de la Historia aquí denunciadas, la dura realidad es que veinticuatro años después de ser derrotados militarmente (1980-2003), los terroristas montoneros han vencido políticamente a los generales termidorianos del Proceso contrarrevolucionario, conquistando importantes cuotas de poder en su segundo y exitoso intento de infiltración troyana en el electorado peronista; esta vez, con la complicidad de los "compañeros Néstor y Cristina" que les concedieron los dos más importantes ministerios (Defensa y Asuntos Exteriores), secretarías y subsecretarías de Estado, y la codiciada embajada de Madrid.
A este paso, ya sólo nos falta ver al homicida y asesino Mario Eduardo Firmenich ciñéndose la banda presidencial de la Patria Socialista del siglo XXI.
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Adenda al párrafo final:
¿Una metáfora? Sin duda, en cuanto al sujeto; pero el lector puede Kambiarlo según sus intuiciones. Veamos esta noticia de actualidad:
15.09.2010
En la vista oral de un juicio contra los generales Jorge Rafael Videla, Luciano Benjamín Menéndez y otros jefes y oficiales del Ejército, el abogado Miguel Hugo Vaca Narvaja confirmó que en una reciente reunión de antiguos y nuevos montoneros celebrada en Córdoba bajo el mando del "comandante" Roberto Cirilo Perdía, el "oficial" (y cuñado de Mario Eduardo Firmenich) Guillermo Martínez Aguero dijo a sus compañeros: "No hemos enterrado las armas, aunque no es el momento para ellas".
Pero la frase correspondía a un contexto más explícito, e inquietante: una entrevista concedida al periódico digital Mendoza Online, de la que destacamos estos fragmentos:
“Nosotros no somos el montonerismo kirchnerista y queremos reivindicar los principios originales de socialismo, peronismo y lucha armada”.
¿Lucha armada también?
"No ahora, que estamos en un proceso democrático. Pero nosotros no hemos enterrado las armas. Creemos que es una opción para cuando las condiciones así lo hagan necesario, como ya ocurrió con las FARC o con el Subcomandante Marcos, por ejemplo".
(...) "Queremos una clara diferenciación del montonerismo kirchnerista´ con el que no tenemos nada que ver. Y aunque reconocemos algunas cosas favorables, creemos que tenemos que avanzar hacia un verdadero proyecto nacional y popular que, además, sea revolucionario”.
Además, sostuvo que así como en el origen hubo una “amplia coincidencia con Cuba”, ahora la tienen con “la Venezuela de Chávez y la Bolivia de Evo”.